La renuncia de derechos parte de la consideración de ser un acto consciente y libre en virtud del cual una persona se desprende de un derecho adquirido o reconocido a su favor. Entre las características que definen la renuncia de derechos destacan:
- Es un acto jurídico, destinado a producir consecuencias de derecho.
- Es unilateral, perfeccionándose por la manifestación de voluntad del titular del derecho, sin necesidad de que otra persona acepte la renuncia para que esta sea efectiva.
- Es abstracta, es decir, es irrelevante la causa que lleva a la renuncia del derecho.
- Es irrevocable, ya que una vez firme la renuncia, el derecho renunciado desaparece del patrimonio del renunciante, y por ende, este no puede reincorporar lo por su mera voluntad otra vez.
La renuncia de derechos parte de la consideración de ser un acto consciente y libre en virtud del cual una persona se desprende de un derecho adquirido o reconocido a su favor. Entre las características que definen la renuncia de derechos destacan:
- Es un acto jurídico, destinado a producir consecuencias de derecho.
- Es unilateral, perfeccionándose por la manifestación de voluntad del titular del derecho, sin necesidad de que otra persona acepte la renuncia para que esta sea efectiva.
- Es abstracta, es decir, es irrelevante la causa que lleva a la renuncia del derecho.
- Es irrevocable, ya que una vez firme la renuncia, el derecho renunciado desaparece del patrimonio del renunciante, y por ende, este no puede reincorporar lo por su mera voluntad otra vez.
Adjuntamos en este artículo demanda de ejecución de Sentencia que declara el derecho a nuestros representados a extinguir el proindiviso, en este caso, de una nave.
Generalmente una vez obtenida Sentencia firme que declara el derecho a extinguir el condominio, las partes suelen llegar a un acuerdo extrajudicial para que el inmueble sea vendido en Notaría, y evitando así la pública subasta.
Pero en ocasiones, como en el caso que nos ocupa, no se llega a un acuerdo, no quedando otra opción que instar al Juzgado que se ejecute ese derecho, el cuál sólo puede ejercitarse mediante la venta del inmueble en pública subasta.
Son procedimientos, las ejecuciones, en los cuales hay que comunicar un pliego de condiciones para la subasta, cuestión esencial a los efectos de amparar los derechos de nuestros representados, que podrán, por otro lado, asistir y participar en la pública subasta si así lo desean.
ESPECIALIDADES APLICABLES A SUPUESTO EN CAIDAS EN VIA PUBLICA, ACCIDENTES DE CIRCULACION POR MAL ESTADO DE CONSERVACION, PRISION PROVISIONAL INDEBIDA, NEGLIGENCIAS MEDICAS Y DEMAS SUPUESTOS EN LOS QUE LA ADMINISTRACION CAUSA UN PERJUICIO A UN PARTICULAR.
Actualmente ha desaparecido la antigua dualidad de procedimientos existentes en materia de responsabilidad patrimonial.
Entre las principales novedades de la Ley 39/2015 destaca que los anteriores procedimientos especiales sobre potestad sancionadora y responsabilidad patrimonial que la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, regulaba en títulos separados, ahora se han integrado como especialidades del procedimiento administrativo común.
Este planteamiento responde a uno de los objetivos que persigue esta Ley, la simplificación de los procedimientos administrativos y su integración como especialidades en el procedimiento administrativo común, contribuyendo así a aumentar la seguridad jurídica.
Nuestro ordenamiento jurídico atribuye a las Administraciones Públicas la facultad de revocar por sí mismas sus actos administrativos. Frente a la regla general de que son los Tribunales los que revisan la legalidad de la actuación administrativa (Artículo 106 de la Constitución), se reconoce a las Administraciones Públicas una facultad para revisar por sí misma sus actos.
Atendiendo a los motivos por los que la administración decide retirar o suprimir un acto suyo anterior dictando otro de signo contrario, debemos distinguir entre:
- La revisión de oficio: para los casos de retirada de actos por motivos de legalidad (esto es para la retirada de actos nulos o anulables).
- La revocación: cuando la retirada obedece a motivos de oportunidad, esto es, si se trata de actos válidos.
Compartimos modelo de oposición de demanda de extinción de proindiviso que se presenta contra nuestro cliente por el vehículo que compartía con su ex pareja.
Estamos ante un asunto peculiar, puesto que no existía régimen económico matrimonial que rigiera esa relación toda vez que no estaban casados. El vehículo está a nombre de la demandante, si bien se abonó con dinero, en gran parte, de nuestro cliente.
Por tanto, y así lo explicamos en nuestra contestación, entendemos que no procede una extinción de condominio al no existir éste; y tampoco está legitimado mi representado para responder de una reclamación sobre un vehículo que no le pertenece.
A continuación ponemos a vuestra disposición un modelo para solicitar la rectificación de la autoliquidación y devolución de ingresos indebidos del impuesto de plusvalía municipal cuando el pago del mismo se produce en régimen de autoliquidación.
Es importante tener en cuenta que la solicitud se puede presentar a partir del día siguiente al pago del impuesto mediante la correspondiente autoliquidación y siempre y cuando se acredite que no ha existido un incremento de valor del bien.
Para cualquier duda no dudes en ponerte en contacto con nosotros por cualquiera de nuestros canales de contacto.